INFORMES PERICIALES
Evaluar, mediante pruebas científicas, los aspectos psicológicos relevantes para el caso y encontrar las causas psicológicas que justifican los hechos.Los psicólogos forenses trabajan conjuntamente con abogados, jueces, fiscales y otros peritos y profesionales del derecho para ayudar a aclarar los hechos y dar una opinión experta. Se trata de un trabajo importante que aporta una información esencial sobre los rasgos psicológicos de una persona.
La tarea del psicólogo forense en la realización de los Informes Periciales consiste en evaluar, mediante pruebas científicas, los aspectos psicológicos relevantes para el caso y encontrar las causas psicológicas que justifican los hechos. Pudiendo contestar así a la pregunta o preguntas que le hayan sido formuladas al respecto de un caso particular y defender sus conclusiones por medio de explicaciones claras.

¿Cómo se trabaja cuando un particular necesita un informe (de parte)?
Toma de contacto:
Realizamos una primera visita en la que hablamos sobre el caso y lo que
necesitas exactamente. A partir de aquí hay que valorar si el caso es peritable. Si es así hablaremos de lo que vamos a necesitar, de si hay que evaluar a más personas, del tipo de informe a realizar, etc.
Evaluación:
Fijaremos una o varias entrevistas con la/s persona/s que participan en la pericial, según convenga, y se les administrarán las pruebas objetivas pertinentes. Estos tests psicológicos irán en función del objeto de la pericial y de lo que haga falta valorar para el caso concreto (personalidad, capacidades parentales, simulación, sintomatología, estado emocional, etc.)
Resultados:
Una vez obtenidos los resultados de las pruebas y de las entrevistas se citará a la persona evaluada y se le comunicarán. A partir de aquí será el interesado/a el que decida si se sigue adelante con la elaboración del informe o no.
Informe:
En el informe debe constar el objeto del mismo, la persona o personas evaluadas, el método de evaluación, los resultados obtenidos y las conclusiones alcanzadas. Si fuera oportuno, también se pueden incluir recomendaciones que realiza el/la perito.
Ratificación:
Se le llama ratificación a la defensa del informe en el juicio por parte del/la perito.
